Proteja los intereses de sus jugadores
Actúe ahora.
Contexto
La sentencia Diarra (TJUE, 4 de octubre de 2024) declaró ilegales varias normas impuestas por la FIFA.
Hoy, la justicia europea abre el camino a una indemnización.
Urgencia
¿Por qué le concierne?
Como agente, usted está en primera línea.
Porque asesorar a sus jugadores también es defender sus derechos.
Porque cada transferencia fallida también priva al agente de sus comisiones.
Porque una acción estructurada en Francia ofrece finalmente un marco paraobtener una reparación.
¿Cómo actuar?
Su papel en la acción
Identificar
los jugadores afectados (que juegan en Francia o que han visto bloqueada una transferencia a Francia)
Acompañar
a sus talentos en su inscripción.
Seguir
el caso junto con los abogados designados.
FAQ
Preguntas frecuentes
¿Por qué se emprende esta acción contra la FIFA y la FFF?
¿Desde cuándo están en vigor estas normas y qué período cubrimos?
¿Qué es ilegal en las normas actuales de transferencias?
El TJUE ha censurado varios mecanismos:
- indemnizaciones por rescisión imprevisibles y desproporcionadas;
- la responsabilidad solidaria automática del nuevo club, sin tener en cuenta las circunstancias reales;
- sanciones deportivas automáticas, como la prohibición de fichar durante dos periodos de transferencias;
- el bloqueo del certificado internacional de transferencia, que permite al club anterior bloquear arbitrariamente a un jugador.
Estas prácticas constituyen obstáculos manifiestos a la libre circulación de trabajadores (art. 45 TFUE) y restricciones ilícitas de la competencia (art. 101 TFUE).
¿Quién puede unirse a esta acción?
La acción está abierta a todos los jugadores profesionales que hayan jugado en Francia durante su carrera en un periodo comprendido entre 2002 y 2024, periodo durante el cual la Federación Francesa de Fútbol (FFF) aplicaba las normas de transferencia de la FIFA.
Por lo tanto, están afectados:
- los jugadores que han sufrido una sanción deportiva o económica en relación con una rescisión anticipada del contrato;
- los jugadores bajo contrato, cuya transferencia a Francia ha sido bloqueada o retrasada por el sistema FIFA;
- aquellos que se han visto obligados a prolongar un contrato desfavorable por falta de movilidad;
- en términos más generales, cualquier jugador que haya perdido ingresos u oportunidades de carrera debido a los mecanismos considerados ilegales.
Los agentes de jugadores vinculados a carreras desarrolladas en Francia también pueden unirse a la acción: la pérdida de comisiones relacionada con estos obstáculos constituye un perjuicio económico distinto.
¿Qué puedo esperar recuperar al final de esta acción?
¿Qué puedo esperar recuperar al final de esta acción?
Los estudios econométricos establecen que los jugadores han perdido una media del 8% de su remuneración anual debido a las normas de la FIFA. Según los casos, el perjuicio puede corresponder a:
- las cantidades pagadas en concepto de indemnizaciones o sanciones deportivas;
- contratos o transferencias fallidas;
- una disminución del valor de mercado;
- pérdidas de carrera o de ingresos futuros.
La cantidad se evaluará individualmente para cada jugador.
¿Cuáles son las posibilidades de éxito de esta acción?
Son muy altas. El principio de ilegalidad está definitivamente establecido desde la sentencia Diarra.
La discusión se centrará ahora en el quantum del perjuicio. Las jurisdicciones nacionales disponen de un marco preciso, inspirado en la directiva europea 2014/104/UE, para garantizar la efectividad de las acciones indemnizatorias.
¿Cuándo podemos esperar una decisión y qué hay que hacer ahora?
Una decisión de primera instancia podría dictarse en un plazo de 2 a 3 años, con un calendario de apelación comparable (24 a 36 meses).
La duración dependerá especialmente de la designación de un perito judicial para cuantificar los perjuicios.
Desde ahora, los jugadores deben manifestarse y aportar sus documentos (contratos, ofertas de traspasos, certificados bloqueados, nóminas). Esta es la condición para constituir un expediente sólido y maximizar las posibilidades de indemnización.
